El día 30 de diciembre de 2020 el Congreso de la Nación Argentina sancionó el derecho al aborto, dando un paso fundamental hacia la equidad de género en un contexto de emergencia sanitaria y profundización de las desigualdades. En ciudades intermedias, como en la que realizo mi investigación doctoral, las vecinas de los barrios populares se encuentran triplemente pauperizadas: por su condición de trabajadoras, por la opresión de género y por la falta de acceso al derecho a la ciudad, ya que es en el espacio urbano donde otros derechos fundamentales se efectivizan.
La territorialización de las políticas destinadas al acceso y goce de los derechos sexuales y (no) reproductivos está inscrita en las luchas de los grupos desaventajados por el derecho a la ciudad, pues la distribución geográfica de los servicios destinados a la reproducción social tiene una relación directa con la presencia o superación de barreras en el derecho a la salud. Esto afecta especialmente a las mujeres cuando se dedican a tiempo completo a la reproducción dentro del hogar, o bien cuando organizan a su comunidad para la promoción de la salud colectiva —a título gratuito o en situación de severa precariedad—.
La ciudadanía sexual de mujeres y disidencias en nuestro país se encuentra configurada por un conjunto de normas jurídicas logradas por la lucha organizada desde el regreso del orden democrático y está fuertemente influenciada por la cooperación internacional. Los Encuentros Nacionales de Mujeres —transformados en Encuentros Plurinacionales de Mujeres, Lesbianas, Trans, Travestis, Bisexuales y No Binaries— tuvieron y tienen un lugar central en la promoción de diferentes campañas de conquista legal. Puede afirmarse que la más popular es la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que continúa su trabajo incansable para que mujeres y personas con capacidad gestante puedan acceder a todos los derechos que su lema histórico reclama: “Educación sexual para decidir. Anticonceptivos para no abortar. Aborto legal para no morir”.
El grito federal de la Campaña entrama tres hitos normativos: el Programa Nacional de Educación Sexual Integral (Ley 26.150), las Leyes Nacionales de Salud Sexual y Procreación Responsable, y el Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica (Leyes 25.673 y 26.130) y la Ley Nacional de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley 27.610). El plexo total de derechos sexuales y (no) reproductivos se completa con:
- La Ley Nacional de Acceso Integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida (Ley 26.862).
- La Ley Nacional de Matrimonio Igualitario (Ley 26.618).
- La Ley Nacional de Identidad de Género (Ley 26.743), profundizada por el Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación nº 476/2021 de reconocimiento registral de la existencia de las identidades no binaries, y la Ley Nacional “Diana Sacayán – Lohana Berkins” de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero (Ley 27.636).
- La Ley Nacional de Régimen especial de inasistencias justificadas por razones de gravidez para alumnas de enseñanza general básica (Ley 25.273), y la Ley de Prohibición de acciones institucionales que impidan la continuidad de los estudios de estudiantes en estado de gravidez o lactancia y en su carácter de progenitores (Ley 25808).
- La Ley Nacional de Parto Respetado(Ley 25.929).
- La Ley Nacional de Protección Integral de las Mujeres (Ley 26.485).