Punto de vista

Cuidados: una deuda pendiente impostergable

Cuidados: una deuda pendiente impostergable

En su definición más simple, cuidados son todas aquellas actividades que contribuyen a mantener cotidianamente el bienestar físico y emocional de las personas. Es decir, la limpieza del hogar, la preparación de los alimentos y el cuidado de las personas enfermas, por ejemplo.

A pesar de la vital importancia de estas actividades para la sostenibilidad de la vida cotidiana y el funcionamiento de una sociedad -además de su enorme contribución a la economía-, los cuidados no suelen estar contemplados en políticas, leyes y normas de muchos de los países del ámbito Iberoamericano.

Y cuando lo están, se trata de legislaciones aisladas o sobre aspectos muy puntuales e insuficientes para abordar todos los ángulos del tema. Hay, por ejemplo, leyes sobre los permisos de paternidad y maternidad, pero no se suele legislar sobre prácticas laborales flexibles, que pueden tener algunos beneficios para trabajadores y empresas, pero también entrañan algunos riesgos, como mayor inestabilidad laboral o aumento del trabajo en horarios que deberían ser de descanso.

Y en no pocos casos, estas leyes terminan siendo instrumentos basados en el rol tradicionalmente asignado a las mujeres como únicas proveedoras de cuidados, normalmente en condiciones de poco o ningún reconocimiento o remuneración.

En las leyes relativas a la maternidad y los permisos de paternidad, aunque las situaciones son muy dispares entre países de la región, la tendencia iberoamericana es a acercarse a las recomendaciones internacionales de conceder un mínimo de 18 semanas de permiso para la madre, así como de garantizar permisos de paternidad.

En el área de cuidados infantiles, algunas iniciativas municipales han previsto guarderías ajustadas a los horarios de trabajo de los progenitores, mientras en otras, se habilitaron instalaciones, por ejemplo, para el lavado de ropa que incluyen áreas de juego con supervisión.

La situación no mejora demasiado cuando consideramos al sector de la población especializado en la prestación de servicios de cuidados. Me refiero, claro, a las trabajadoras del hogar; o trabajo doméstico, como lo define la OIT; una actividad a la que se dedican una de cada nueve mujeres laboralmente activas en nuestra región.

Un estudio reciente que hicimos entre ONU Mujeres y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) reveló una notable exclusión del empleo doméstico de distintas prestaciones de la seguridad social. Además, mujeres pobres, rurales, indígenas, afrodescendientes y migrantes están sobrerrepresentadas en el trabajo doméstico, con toda la carga de discriminación, racismo y xenofobia que implica.

La realidad es que todas las personas tenemos derecho a recibir cuidados, pero también que quienes proveen cuidados tienen derechos que debemos garantizar y proteger. Es preciso que esto esté presente en las normas y reglas que rigen las relaciones entre los distintos factores de la sociedad, porque avanzar en esta línea implica un cambio cultural muy profundo.

Por suerte, la mayoría de los gobiernos de América Latina y el Caribe han firmado y se han comprometido a hacer cumplir leyes y normas nacionales e internacionales que otorgan este derecho tanto a quienes proveen como a quienes necesitan los cuidados.

Esto constituye un buen punto de partida para la adopción de leyes y normas que rijan el funcionamiento de Sistemas Integrales de Cuidados. No hay una fórmula única para hacerlo, pero, en todo caso, lo ideal es que haya un diálogo social amplio que preceda a la elaboración y discusión de las leyes que les darán andamiaje legal a estos sistemas.

Este marco jurídico-normativo  para  el  Sistema  de  Cuidados  será la piedra angular para  consagrar  el  derecho  al  cuidado  y  a  cuidar  de  las  personas  con  calidad  e  igualdad.  La ley o leyes que lo conformen deben determinar con claridad quiénes serían titulares a los derechos contemplados, definiciones, qué instituciones se ocuparán de la administración, y competencias claras a todos los niveles de la administración pública.

Es impostergable que los países emprendan la tarea de armar la arquitectura legal para hacer posibles estos Sistemas Integrales de Cuidados. Un marco jurídico que ponga la mirada y los presupuestos públicos en la respuesta a la deuda pendiente de los cuidados y, desde una perspectiva más amplia, que incluya la profesionalización del trabajo de cuidados e instituciones sólidas, para darles el lugar que deben tener en la sociedad. 

Maria Noel Vaeza
Directora regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe

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